El Supremo condena a la Comunidad de Madrid por romper el convenio de educación infantil con Rivas durante la pandemia
El Tribunal Supremo ha dado la razón al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid en el recurso interpuesto contra la ruptura unilateral del convenio de educación infantil que mantenía con la Comunidad de Madrid durante la pandemia.
La sentencia condena al Gobierno regional, presidido por Isabel Díaz Ayuso, a abonar 451.399,52 euros al Consistorio ripense por la actividad desarrollada en la Casa de Niños y tres escuelas infantiles municipales entre el 11 de marzo y el 15 de mayo de 2020. En ese periodo, el Ejecutivo autonómico dejó de financiar la etapa educativa de 0 a 3 años.
📚 Educación online frente al cierre autonómico
Durante el confinamiento, la Comunidad de Madrid decretó el teletrabajo para el personal docente y encomendó a los centros establecer un modelo de enseñanza online. El Ayuntamiento de Rivas mantuvo la actividad educativa de forma telemática, permitiendo que las familias trabajasen materiales educativos con sus hijas e hijos en casa.
Mientras tanto, la Comunidad decidió cerrar sus propias escuelas infantiles —las autonómicas y concertadas—, enviando a sus trabajadoras al ERTE. Entonces, el consejero de Educación, Enrique Ossorio, calificó la educación infantil online como “un insulto a la inteligencia”.
Para la alcaldesa de Rivas, Aída Castillejo:
«Lo que de verdad fue un insulto a la inteligencia, y a muchas víctimas de la COVID, fue la gestión que hizo la Comunidad de Madrid durante la pandemia, también de las escuelas infantiles”.
“Ayuso no solo abandonó a las personas mayores en las residencias; también recortó y dejó sin apoyo a la educación infantil, rompiendo unilateralmente los acuerdos con los ayuntamientos”
⚖️ El Supremo obliga a cumplir el convenio
El Alto Tribunal ha anulado la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que había fallado a favor de la Comunidad, y ahora condena al Gobierno regional a cumplir con las obligaciones de financiación contraídas en el convenio de colaboración.
El fallo obliga al pago de los gastos acreditados de Educación Infantil correspondientes a marzo, abril y mayo del curso 2019-2020, confirmando así la reclamación económica planteada por el Ayuntamiento de Rivas.
🏛️ Una sentencia con valor histórico y jurisprudencial
Hasta 94.000 niñas y niños de 0 a 3 años se vieron afectados en la región por la suspensión de la actividad lectiva. Rivas, sin embargo, decidió mantener la enseñanza y el acompañamiento a las familias, “porque sabíamos que era esencial para su bienestar”, ha subrayado la alcaldesa.
Castillejo ha agradecido “el esfuerzo de las maestras, trabajadoras y familias ripenses que sostuvieron la educación y el bienestar de la infancia cuando todo se detuvo”.
La sentencia del Supremo sienta jurisprudencia al establecer que los convenios entre administraciones tienen carácter vinculante y no pueden modificarse ni romperse de forma unilateral. Además, refuerza la autonomía local y la capacidad de los ayuntamientos para defender sus competencias.
“Demuestra que los ayuntamientos tenemos voz propia, que nuestras decisiones se respetan y que defender lo público desde lo local es defender la democracia”
Aída Castillejo
🗣️ “El Supremo condena a Ayuso por romper convenios y aplicar recortes”
”Ahora podemos decir con claridad que el Tribunal Supremo condena a Ayuso por romper los convenios de manera unilateral y por las políticas de recortes que aplicó en lo peor de la pandemia”
Aída Castillejo
La sentencia, además, abre la puerta a que otros ayuntamientos afectados por la suspensión de la financiación educativa durante la pandemia puedan reclamar judicialmente los fondos que les correspondían.
El fallo concluye con una declaración contundente:
“La decisión adoptada por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid de forma unilateral carece de amparo o cobertura legal”.


